La Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha establecido una serie de medidas con el objetivo de modernizar y eficientizar el sistema de prestaciones. A través de una resolución inicial fechada el 14 de enero de 2022, el INSS marcó un hito al introducir la automatización en la resolución de procedimientos no completamente automatizados, particularmente en las prestaciones de jubilación contributiva, muerte y supervivencia, y de nacimiento y cuidado de menor. Esta medida permitió la utilización del sello electrónico de la entidad para la firma de resoluciones, agilizando así los procesos administrativos.

Esta resolución inicial fue complementada con una segunda, emitida el 22 de marzo de 2022, que amplió las disposiciones anteriores para incluir la prestación del ingreso mínimo vital dentro del ámbito de la automatización. Además, se ajustó la asignación de competencias a las diferentes direcciones provinciales, particularmente en relación con el convenio de Seguridad Social entre España y Senegal, asegurando una gestión más eficaz y adaptada a las necesidades específicas de cada expediente.

El contexto internacional y la necesidad de una gestión más especializada en casos de pensiones con aplicaciones internacionales impulsaron la derogación y sustitución de las resoluciones anteriores por una nueva, datada el 27 de diciembre de 2022. Esta nueva normativa buscó una distribución más racional y eficiente de los expedientes, evitando la concentración excesiva en ciertas direcciones provinciales y considerando las particularidades de ciertos colectivos en la gestión de expedientes. Se amplió el número de direcciones provinciales especializadas, redistribuyendo los países asignados inicialmente, lo que resultó en una mejor adaptación a las normativas internacionales.

Con el avance tecnológico y la implementación de herramientas informáticas en 2023, se ha podido extender la automatización a procedimientos adicionales de prestaciones de pago directo. Estos incluyen, pero no se limitan a, incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y la lactancia, y el cuidado de menores con enfermedades graves. Esta expansión refleja el compromiso del INSS por simplificar trámites y mejorar la eficiencia de los procesos.

La última actualización importante en esta serie de resoluciones implica la modificación de la normativa de 27 de diciembre de 2022, en aras de consolidar todas las disposiciones vigentes en un único cuerpo normativo. Este enfoque centralizado busca garantizar la seguridad jurídica y evitar la dispersión normativa, un paso crucial para la claridad y la eficacia administrativa.

La automatización alcanza una amplia gama de procedimientos, estableciendo un marco claro para la impugnación de resoluciones y definiendo las responsabilidades de las direcciones provinciales en función del domicilio del interesado o de los criterios establecidos en el anexo de la resolución.

Finalmente, se asignan las competencias para la definición y mantenimiento de las especificaciones a distintas subdirecciones del INSS, con la Gerencia de Informática de la Seguridad Social responsable del sistema de información.

La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y será de aplicación a las solicitudes que se presenten a partir de dicha fecha, salvo el anexo sobre direcciones provinciales a las que se atribuyen competencias y actuaciones en procedimientos de reconocimiento de pensiones en aplicación de instrumentos internacionales de Seguridad Social, que entrará en vigor el 1 de julio de 2024.

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