
La Unión Europea ha dado un paso significativo en la modernización de su sistema fiscal con la publicación de la Directiva (UE) 2025/50 del Consejo, cuyo propósito es mejorar la eficiencia de los procedimientos de retención en origen sobre dividendos e intereses de valores cotizados. La normativa, adoptada el 10 de diciembre de 2024 y publicada en el Diario Oficial de la UE el 10 de enero de 2025, busca eliminar las deficiencias que han permitido el desarrollo de esquemas fraudulentos como el cum-ex y el cum-cum. Estos mecanismos han causado importantes pérdidas económicas a varios Estados miembros debido a reclamaciones indebidas de devoluciones fiscales.
Los esquemas cum-ex y cum-cum han sido objeto de atención por parte de las autoridades fiscales y judiciales de numerosos países europeos. Se trata de estrategias utilizadas por inversores y entidades financieras para obtener devoluciones de impuestos sobre dividendos que no les correspondían. En el caso del esquema cum-ex, los implicados realizan múltiples transacciones en un corto período alrededor de la fecha ex-dividendo, generando la impresión de que distintos inversores son propietarios de las mismas acciones y, por ende, todos pueden reclamar una devolución fiscal por retención en origen, a pesar de que solo se ha pagado una vez. Este fraude ha afectado a países como Alemania, Dinamarca y Francia, con pérdidas estimadas en miles de millones de euros.
El esquema cum-cum, por otro lado, se basa en la transferencia temporal de valores de inversores no residentes a inversores residentes poco antes de la fecha de pago del dividendo. Dado que los residentes están exentos o tienen una retención reducida en origen, estos reciben los dividendos con menor impacto fiscal. Posteriormente, las acciones se devuelven al inversor original, quien comparte el beneficio del ahorro fiscal con el intermediario residente. Aunque no siempre es ilegal, esta práctica se considera abusiva y perjudica la recaudación fiscal de los Estados.
Entrada en vigor y sujetos afectados
La Directiva establece un plazo hasta el 1 de enero de 2026 para su transposición a las legislaciones nacionales de los Estados miembros. Su aplicación tendrá implicaciones directas en múltiples actores dentro del mercado de valores europeo:
- Inversores no residentes: Personas físicas y jurídicas que obtienen ingresos por dividendos o intereses en países distintos al de su residencia fiscal y que están sujetos a retenciones en origen.
- Empresas emisoras de valores cotizados: Compañías que emiten acciones o bonos en mercados regulados y que deberán adaptarse a nuevas obligaciones fiscales para gestionar la retención en origen.
- Intermediarios financieros: Bancos, brókeres y depositarios centrales de valores que operan en la cadena de pagos de valores cotizados y que tendrán responsabilidades adicionales en la verificación de la elegibilidad de los inversores para ajustes fiscales.
- Estados miembros: Deberán implementar sistemas digitales para emitir el Certificado Digital de Residencia Fiscal (CDRF), facilitar mecanismos de ajuste en origen o devolución rápida y establecer registros nacionales de intermediarios financieros certificados.
- Organismos de inversión colectiva y fondos de pensiones: Entidades que gestionan inversiones transfronterizas y que podrán beneficiarse de los nuevos mecanismos de ajuste fiscal.
En cambio, la Directiva no afectará directamente a inversiones domésticas ni a valores no cotizados, salvo que un Estado miembro decida ampliar su aplicación a estos casos.
Principales novedades
La Directiva (UE) 2025/50 introduce una serie de medidas innovadoras para aumentar la transparencia y eficiencia en la fiscalidad transfronteriza:
- Certificado Digital de Residencia Fiscal (CDRF):
- Se establece un formato digital uniforme en toda la UE para acreditar la residencia fiscal de los inversores.
- Los Estados miembros deberán garantizar su emisión en un plazo máximo de 14 días mediante procesos automatizados.
- Este certificado será válido para procedimientos fiscales tanto nacionales como transfronterizos.
- Sistemas comunes de ajuste y devolución:
- Se implementará el Sistema de Ajuste en Origen, que aplicará automáticamente el tipo fiscal correcto en el momento del pago del dividendo.
- Se creará un Sistema de Devolución Rápida, con plazos específicos para el reembolso de retenciones en exceso, reduciendo la carga administrativa y los tiempos de espera.
- Supervisión de intermediarios financieros:
- Se establecerá un registro nacional de intermediarios financieros certificados en cada Estado miembro.
- Se creará un Portal Europeo de Intermediarios Financieros Certificados, facilitando la supervisión y el intercambio de información entre autoridades fiscales.
- Medidas contra el fraude fiscal:
- Se reforzarán los controles sobre esquemas abusivos como el cum-ex y el cum-cum.
- Los intermediarios deberán verificar los acuerdos financieros vinculados a valores cotizados para garantizar su conformidad con la normativa fiscal.
- Flexibilidad para los Estados miembros:
- Se permitirá que países con mercados de valores reducidos mantengan procedimientos nacionales siempre que cumplan con criterios de proporcionalidad y eficiencia.
- Se establecerá un índice de capitalización bursátil como referencia para determinar la obligatoriedad de aplicar las nuevas normas.
- Aumento de la transparencia y seguridad:
- Se exigirá una mayor trazabilidad de los inversores y los flujos de pago.
- Se establecerán sanciones más severas para intermediarios y contribuyentes que incumplan la normativa.
Impacto y beneficios
La implementación de la Directiva traerá importantes beneficios para el sistema fiscal europeo:
- Reducción del fraude y la evasión fiscal: Se cerrarán lagunas legales que han permitido la explotación de esquemas abusivos.
- Mayor eficiencia administrativa: La digitalización y automatización de procesos reducirán costes operativos y tiempos de espera.
- Fomento de la inversión transfronteriza: Un entorno fiscal más transparente y predecible incentivará la entrada de capital en los mercados europeos.
- Protección de los ingresos fiscales: Los Estados miembros podrán mejorar la recaudación y evitar pérdidas por esquemas fraudulentos.
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