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El Tribunal Supremo establece que los propietarios pueden recuperar viviendas cedidas gratuitamente sin un plazo definido, reforzando la importancia de acuerdos claros

El Supremo permite recuperar una vivienda cedida gratisLa falta de plazo justifica el desahucio por precarioEl Tribunal Supremo ha confirmado que una vivienda cedida gratuitamente puede ser recuperada...

04 de agosto de 2026
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El Tribunal Supremo establece que los propietarios pueden recuperar viviendas cedidas gratuitamente sin un plazo definido, reforzando la importancia de acuerdos claros.

El Supremo permite recuperar una vivienda cedida gratis

La falta de plazo justifica el desahucio por precario

El Tribunal Supremo ha confirmado que una vivienda cedida gratuitamente puede ser recuperada por su propietario cuando la ocupación no cuenta con un plazo concreto de duración, aunque las partes hubieran acordado que la persona beneficiaria podría permanecer en el inmueble mientras lo necesitara.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en la Sentencia n.º 1273/2026, de 21 de julio (ECLI:ES:TS:2026:3345), estima el recurso de casación presentado por la propietaria y confirma el desahucio por precario. La resolución establece que una cesión gratuita sin duración determinada no genera un derecho permanente de uso cuando la continuidad de la ocupación depende exclusivamente de la voluntad del ocupante.

El fallo resulta relevante para las relaciones entre familiares, particulares y entidades que entregan viviendas sin recibir renta, ya que recuerda la importancia de fijar claramente las condiciones de este tipo de acuerdos.

Una cesión verbal sin renta ni duración definida

El conflicto surgió cuando una propietaria permitió que otra persona utilizara una vivienda de su titularidad sin pagar cantidad alguna. El acuerdo se realizó verbalmente y establecía que la ocupante podría permanecer en el inmueble mientras necesitara disponer de una vivienda.

Con el paso del tiempo, la propietaria solicitó la devolución del inmueble y presentó una demanda de desahucio por precario al considerar que la ocupación ya no estaba justificada.

El juzgado de primera instancia dio la razón a la titular de la vivienda al entender que existía una posesión gratuita basada en la tolerancia de la propietaria. Sin embargo, la Audiencia Provincial consideró que la relación debía calificarse como comodato, al existir una finalidad concreta relacionada con la necesidad habitacional de la ocupante.

El Supremo analiza los límites del comodato

El Tribunal Supremo recuerda que el artículo 1740 del Código Civil regula el comodato como un préstamo gratuito de uso por el que una persona recibe un bien para utilizarlo durante un tiempo determinado y devolverlo posteriormente.

Aunque el comodato no exige necesariamente que exista una fecha exacta de devolución, sí requiere que pueda determinarse su duración a través del acuerdo alcanzado o del uso previsto para el inmueble.

En este caso, la Sala considera que permitir la ocupación mientras la vivienda sea necesaria no constituye un límite temporal suficiente. Según el tribunal, esta fórmula deja la duración del acuerdo en manos de la persona ocupante, que podría mantener el uso del inmueble de manera indefinida.

El Supremo también recuerda que el artículo 1750 del Código Civil permite al propietario reclamar la devolución cuando no existe un plazo pactado ni un uso concreto que permita establecer la duración de la cesión.

La vivienda puede recuperarse mediante precario

La sentencia concluye que la calificación inicial del acuerdo no modifica el resultado. Si la cesión comenzó como un comodato, la falta de una duración objetiva provoca que pierda su carácter temporal y pase a considerarse una situación de precario.

El precario permite al propietario recuperar la posesión cuando otra persona utiliza gratuitamente un inmueble sin contar con un título suficiente para mantenerlo frente a la reclamación del titular.

Por ello, el Tribunal Supremo confirma la resolución que ordenó devolver la vivienda a su propietaria y rechaza que la ocupante pudiera mantener indefinidamente el uso del inmueble.

Consecuencias para futuras cesiones gratuitas

La decisión del Tribunal Supremo refuerza la necesidad de establecer acuerdos claros cuando se cede una vivienda sin contraprestación económica. La fijación de un plazo, una finalidad concreta y unas condiciones de devolución puede evitar conflictos posteriores.

La sentencia confirma que una cesión gratuita responde a una finalidad de ayuda o colaboración, pero no implica la creación de un derecho ilimitado de ocupación. Cuando no existe un límite temporal objetivo, el propietario conserva la posibilidad de recuperar la vivienda mediante el procedimiento de desahucio por precario.

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