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El TSJA respalda el derecho a la enseñanza islámica en Andalucía, garantizando alternativas educativas adecuadas para los menores

El TSJA avala a la Junta en el derecho a enseñanza islámicaEl Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha respaldado la actuación de la Junta de Andalucía respecto al derecho de una menor a recibir ...

20 de septiembre de 2026
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El TSJA respalda el derecho a la enseñanza islámica en Andalucía, garantizando alternativas educativas adecuadas para los menores.

El TSJA avala a la Junta en el derecho a enseñanza islámica

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha respaldado la actuación de la Junta de Andalucía respecto al derecho de una menor a recibir enseñanza religiosa islámica. Esta decisión reafirma la correcta ejecución de una sentencia dictada en 2022, desestimando el recurso de apelación presentado contra el auto que declaró cumplida dicha resolución. La Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Granada, ha emitido este pronunciamiento, que tiene implicaciones significativas en el ámbito educativo y religioso.

El derecho a recibir enseñanza islámica

La sentencia de 2022 había reconocido el derecho de la menor a recibir enseñanza religiosa islámica en centros que cumplieran con los requisitos establecidos. Sin embargo, el TSJA aclara que esta resolución no obligaba a que la enseñanza se impartiera en cualquier centro específico, ni identificaba el colegio en el que debía recibirla. La controversia surgió en torno al centro donde estaba matriculada la menor, que era un colegio de carácter católico. Según el tribunal, esta circunstancia impedía que se pudiera impartir allí enseñanza religiosa islámica.

El TSJA vincula esta conclusión a la naturaleza del centro educativo y al artículo 10 del Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España. En consecuencia, la Sala considera que el colegio no cumplía con los requisitos exigidos por la sentencia de 2022, lo que justifica la decisión de la Junta de Andalucía de buscar alternativas.

Tres centros como alternativa

Ante la imposibilidad de impartir la enseñanza islámica en el colegio católico, la Junta de Andalucía ofreció tres centros docentes cercanos para que la menor pudiera recibir la enseñanza religiosa islámica. Para el tribunal, esta medida fue efectiva en hacer valer el derecho reconocido judicialmente. La Sala concluye que la Administración adoptó las acciones necesarias para cumplir con el fallo y que llevó la sentencia "a puro y debido efecto".

La resolución también aborda una cuestión planteada durante el procedimiento: la falta de oposición expresa del colegio a impartir esta enseñanza. El TSJA considera que este hecho no implica por sí mismo la obligación de ofrecer religión islámica en ese centro. Lo relevante, según la Sala, era verificar si el colegio cumplía con los requisitos establecidos en el fallo. Al no cumplir esas condiciones, la Administración estaba en su derecho de ofrecer otras alternativas cercanas.

Una resolución sobre la ejecución

El pronunciamiento del TSJA se centra, por lo tanto, en la ejecución de la sentencia de 2022. El tribunal no cuestiona el derecho previamente reconocido, sino que determina cómo debía hacerse efectivo ante las circunstancias concretas del caso. La decisión confirma que la Administración cumplió con el fallo al ofrecer centros alternativos que permitían a la menor acceder a la enseñanza religiosa islámica.

Es importante señalar que contra esta resolución judicial cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Esto abre la puerta a una posible revisión de la decisión por parte de la máxima instancia judicial del país, lo que podría tener repercusiones en la interpretación de los derechos educativos y religiosos en contextos similares.

Implicaciones legales y sociales

La decisión del TSJA no solo reafirma el derecho de la menor a recibir enseñanza religiosa islámica, sino que también establece un precedente sobre cómo deben manejarse situaciones similares en el futuro. La sentencia subraya la importancia de que los centros educativos cumplan con los requisitos legales establecidos para ofrecer enseñanza religiosa, lo que puede influir en la política educativa de la Junta de Andalucía y en otras comunidades autónomas.

Además, esta resolución pone de manifiesto la necesidad de un marco claro que regule la enseñanza religiosa en centros educativos de diferentes confesiones. La interpretación del Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España se convierte en un elemento clave para garantizar que se respeten los derechos de los estudiantes de diferentes creencias religiosas.

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